Engeneral es la abstenci贸n de hacer o decir algo. M谩s en concreto suele entenderse por omisi贸n la actitud negativa de quien se inhibe ante un deber positivo, no haciendo algo a
Laprestaci贸n es el elemento subjetivo de la relaci贸n obligatoria. El C贸digo Civil unas veces asimila las cosas y servicios y otras sigue la idea de que el objeto de la obligaci贸n es la prestaci贸n. Los requisitos para que la obligaci贸n sea id贸nea son: posibilidad, licitud y determinaci贸n. POSIBILIDAD. No podr谩n ser objeto de contrato cosas o serviciosAs铆que, en el asunto m谩s importante y pol茅mico, la transferencia a la Generalitat de la pol铆tica de inmigraci贸n, el que hizo que Junts pasara del no a laFRASESHABITUALES. Conoce la terminolog铆a procesal, l茅xico o jerga procesal en la profesi贸n del abogado cuando acude a los Juzgados y Tribunales. Cuando nos iniciamos en la profesi贸n del derecho, tenemos la necesidad inmediata de ir a los juzgados y tribunales a realizar un mont贸n de actividades que muchas veces no Clasesde omisi贸n. En derecho penal es posible distinguir entre omisi贸n propiamente dicha y comisi贸n por omisi贸n.. Omisi贸n propia o propiamente dicha. As铆 como la acci贸n es un obrar positivo, un hacer, la omisi贸n, en cambio, consiste en un no hacer, en un no actuar, en un abstenerse.El corolario del delito de omisi贸n suele consistir en el mantenimiento te emana de la voluntad o de la ley10. B. Por la naturaleza de la prestaci贸n Aqu铆 ingresamos a una clasificaci贸n tradicio-nal. Las obligaciones pueden ser: (i) De dar; (ii) de hacer; o, (iii) de no hacer. Las obligaciones de dar consisten en la entrega de un bien; las de hacer; en la ejecuci贸n de un hecho; y las de no hacer, en una nQCwDC.