Eldelito leve de lesiones que están recogidas en el artículo 147. 2 y 147.3 CP. El 147.2 CP prevé las lesiones que no requieren tratamiento médico o quirúrgico para su curación, al ser considerado, violencia de género o violencia doméstica. Analizamosen este post de forma sucinta, aquellos supuestos en los que a pesar de existir una condena derivada de un delito de violencia de género del articulo 153 del C.P, no sería de imperativo legal la aplicación las penas previstas en el artículo 48.2 del C.P, es decir, la pena de prohibición de aproximarse y comunicarse con la víctima; lo cual no LaDelegación del Gobierno contra la Violencia de Género ha confirmado este lunes el carácter machista de ambos crímenes j7D4.
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